¿Cómo se postula al subsidio de incapacidad laboral?
El subsidio por incapacidad temporal constituye un derecho previsional que garantiza ingresos económicos a trabajadores que enfrentan periodos de convalecencia médica. Este mecanismo de protección social opera como sustitución parcial de la remuneración habitual durante los días de reposo autorizado, asegurando continuidad en los ingresos mientras el beneficiario se recupera.
Cobertura temporal del subsidio
- Licencias mayores a 10 días: Beneficio aplicable desde el primer día de reposo.
- Licencias menores a 10 días: Cobertura a partir del cuarto día de incapacidad.
- Duración máxima: Hasta el alta médica o declaración de invalidez.
Requisitos para trabajadores dependientes
- Afiliación previsional: Mínimo 6 meses en sistema de pensiones.
- Historial contributivo: 3 cotizaciones en últimos 6 meses (continuas o discontinuas).
- Documentación: Licencia médica autorizada y contrato vigente.
- Tramitación: Debe ser iniciada por el empleador ante el COMPIN (para afiliados a FONASA) o ISAPRE si corresponde al sistema privado.
Procedimiento para Trabajadores Independientes
- Antigüedad en el sistema: 12 meses de afiliación previsional.
- Cotizaciones: 6 pagos en los últimos 12 meses.
- Última cotización: Debe estar al día al inicio de la licencia.
- Tramitación personal: Presentación directa en:
– Oficinas COMPIN/SUBCOMPIN (FONASA).
– Sucursal ISAPRE (sistema privado).
Cálculo y pago del beneficio
- Base de cálculo:
– Dependientes: Promedio de los últimos 3 meses de remuneraciones.
– Independientes: Ingresos declarados ante el SII. - Periodicidad: Pagos mensuales según calendario de cada institución.
- Monto: Porcentaje variable según duración de la licencia.
Causales de denegación
- Incumplimiento de requisitos contributivos.
- Presentación extemporánea de documentación.
- Ejercicio de actividades laborales durante el reposo.
- Alteración o falsificación de certificados médicos.
- Simulación de patologías o síntomas.
- Incongruencias en la información clínica presentada
Mecanismos de reclamo
1. Licencias gestionadas por COMPIN:
- Plazo: 6 meses previos al término del beneficio.
- Instancia: Superintendencia de Seguridad Social
2. Licencias ISAPRE:
- Plazo: 15 días hábiles desde notificación.
- Instancia: COMPIN territorial correspondiente.
Recomendaciones esenciales
- Verificar periodicamente el estado de cotizaciones.
- Conservar copias de toda documentación médica.
- Respetar estrictamente las indicaciones de reposo.
- Monitorear los pagos recibidos.
- Solicitar asesoría previsional especializada ante dudas
Este sistema de protección social representa un componente fundamental de la seguridad laboral, garantizando estabilidad económica durante periodos de vulnerabilidad médica. Su correcta implementación requiere coordinación entre empleadores, trabajadores e instituciones previsionales.