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Guía para la Creación de Entidades Sin Ánimo de Lucro en Chile

Las organizaciones sin fines de lucro son entidades jurídicas reconocidas por nuestro ordenamiento legal, cuyo objetivo principal no es la obtención de beneficios económicos para sus miembros, sino la consecución de fines sociales, culturales o de beneficio colectivo. Estas se clasifican principalmente en corporaciones y fundaciones, aunque existen otras formas específicas como las cooperativas.

Base Normativa Fundamental

El derecho de asociación está consagrado constitucionalmente, siendo desarrollado por la legislación especial. Para su regulación específica se aplican tanto disposiciones del Código Civil como de leyes especiales, destacando la normativa sobre participación ciudadana en la gestión pública.

Proceso de Constitución

1. Documentación inicial:

– El acto constitutivo debe formalizarse en escritura pública o privada autorizada por notario.
– Debe incluir los estatutos que regirán el funcionamiento de la entidad.

2. Trámites posteriores:
– Depósito de documentos en la secretaría municipal correspondiente dentro de los 30 días siguientes a su fecha de creación.
– Revisión municipal, con plazo de 30 días para formular observaciones.
– Subsanación de posibles objeciones (cuando existan) en igual plazo.
– Inscripción final en el Registro Civil.

Consideraciones Especiales

– Modelos estatutarios: Existen formularios tipo disponibles que garantizan la aprobación sin observaciones.
– Plazos procesales: Todos los términos establecidos son de carácter perentorio.
– Personalidad jurídica: Se adquiere una vez completado el proceso de inscripción.

Casos Específicos

Las cooperativas siguen un régimen particular, similar al de las sociedades comerciales, requiriendo:

  • Protocolización notarial del acta de constitución.
  • Inscripción conservatoria.
  • Publicación en el Diario Oficial

Requisitos Esenciales

Los fines de la organización deben ser:

  • Lícitos y acordes al orden público.
  • Claramente determinados.
  • De beneficio colectivo.
  • No contrarios a los valores democráticos

Recomendaciones Finales

  1. Verificar la compatibilidad de los estatutos con la normativa vigente.
  2. Considerar la utilización de modelos estatutarios oficiales.
  3. Respetar escrupulosamente los plazos legales.
  4. Evaluar la conveniencia del tipo societario según los objetivos perseguidos.
  5. Mantener actualizada la documentación ante posibles modificaciones legales.

Este marco jurídico busca facilitar el desarrollo de iniciativas sociales, garantizando al mismo tiempo la transparencia y correcto funcionamiento de estas organizaciones dentro del ordenamiento jurídico chileno.